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Construcciones en forma: Consecuencias y riesgos sociales

Al no ser obligatorio, además del Análisis de Factibilidad y Peritaje, las industrias en México ignoran, muchas veces, de acuerdo con Rodrigo Quijano, director de Área Ambiental de CIIJA (Centro de Investigaciones Interculturales, Jurídicas y Ambientales), los Estudios de Impacto Social que deben llevarse a cabo antes de ejecutar un proyecto.

El especialista en desarrollo de estrategias sociales, refirió que el propósito de esta evaluación es implementar acciones que garanticen la sostenibilidad, así como el respeto a los derechos humanos, pues los efectos que deja un gasoducto, una carretera o un parque eólico durante y después de su conformación, no son los mismos.

En la minería no hay una legislación que obligue a realizar estas evaluaciones. No obstante, la iniciativa para reformar la Ley Minera ya está sobre la mesa y, cuando se apruebe, las compañías tendrán que ajustarse a las regulaciones”.

En entrevista en su stand, durante el México WindPower 2019, expuso que la industria Automotriz tampoco está obligada, contrario a lo que, por disposición oficial, la Ley demanda a las empresas que operan en el sector de hidrocarburos y eléctrico.

México firmó el Convenio 169 de la OIT, y uno de sus artículos especifica que las empresas de la industria Automotriz sí tienen que hacer las evaluaciones. Sin embargo, ninguna Ley obliga a la Ford, a la Dodge, o a la armadora que sea, a evaluar el impacto social que tendrá la construcción y operación de su planta. La misma situación se vive con las cementeras en el país”.

EL TREN MAYA

La viabilidad, o no, del Tren Maya, es un tema que debe importar a todos los mexicanos. A decir de Rodrigo Quijano, para determinar la eficacia del proyecto, el gobierno debe implementar una Evaluación de Impacto Social y una Manifestación de Impacto Ambiental.

Me parece que evaluaciones del caso no las hay todavía, y que el Tren Maya avanzará como una decisión gubernamental. ¿Qué acciones tomará el gobierno para mitigar los impactos negativos que el proyecto pueda generar en ciertas comunidades? ¿Qué poblaciones resultarán afectadas? Esas preguntas se deben responder”.

GASODUCTO TUXPAN-TULA

La construcción del proyecto de gasoducto Tuxpan-Tula de TransCanada no se ha podido completar por cuestiones de consulta. Según Rodrigo Quijano, se le pidió al Grupo realizar una nueva Evaluación de Impacto Social para identificar a las comunidades indígenas susceptiblemente afectadas.

En Yucatán ya se aprobó un parque eólico. Hubo un proceso de consulta indígena, y la comunidad dijo que sí. Es un tema complejo: se puede tener la mejor evaluación, pero con altos grados de conflicto social –entre la población y la gestión pública–, el plan de desarrollo se detiene”.

De forma adicional, destacó que el gobierno debe promover la inversión y, bajo ese contexto, explicó que varios desarrolladores de energía eólica, a pesar de su viabilidad, han cancelado proyectos. La incertidumbre, sentenció categórico, no es buena para las industrias en general.

INVESTIGACIÓN DE CAMPO

Pilar Flores Villeda, investigadora social en CIIJA, precisó que los resultados problemáticos de las Evaluaciones de Impacto Social (EVIS) han permitido identificar problemáticas locales que podrían incidir en la implementación de los proyectos, entre ellas: 

«Extracción ilegal de hidrocarburos (huachicol), presencia de grupos organizados en torno a actividades ilícitas (principalmente narcotráfico), diferencia de intereses entre grupos adscritos a algún partido político y, en determinados territorios, la presencia de organizaciones civiles opositoras a la implementación de proyectos de energía renovable. Se trata así, de factores que podrían definir el rumbo del proyecto sin estar necesariamente ligados a las empresas, sino a una coyuntura existente en el país.

Aunado a ello, las EVIS constituyen una herramienta que, implementada bajo metodologías adecuadas y con apego a los derechos humanos, permite que las empresas identifiquen un probable impacto en las prácticas colectivas asociadas al territorio, entre ellas las peregrinaciones y, en su caso, en espacios simbólicos relacionados con la cosmovisión de los pueblos y comunidades». 

De forma adicional, explicó que es común que las empresas promoventes, y la población en general, asocien la identidad indígena con el hecho de que las comunidades hablen una lengua de este tipo o sigan portando una vestimenta tradicional; no obstante, de acuerdo con el marco jurídico nacional e internacional1, indicó que existen otros elementos que permiten caracterizar a un determinado grupo social como indígena. 

En Yucatán, por ejemplo, el término ‘indígena’ no es empleado por los mayas para hacer referencia a su etnicidad, en cambio se auto adscriben como integrantes del pueblo maya, o como ‘mayeros’ aun cuando en su vida cotidiana ya no usen la vestimenta que usaban sus abuelos y, gradualmente, se haya dejado de practicar la lengua maya”.
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1 Artículo 2º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Legislaciones estatales de cada entidad federativa de la República Mexicana; Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.   

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