La circularidad ha pasado de ser una tendencia a una exigencia en la mayoría de las naciones occidentales. México no ha sido la excepción y, a nivel local, la capital del país pondrá a prueba la flexibilidad de las empresas con la nueva Ley de Economía Circular ¿Estamos realmente preparados para este cambio?
Entendiendo la Ley de Economía Circular
El 14 de febrero de 2023, el Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad la Ley de Economía Circular de la Ciudad de México (LGEC). Ocho meses más tarde, el 26 de octubre, se publicó en la Gaceta Oficial de la capital el Reglamento que acompaña a esta ordenanza.
Esta legislación busca estimular el crecimiento económico y al mismo tiempo hacer frente a la emergencia climática impulsando el reciclaje, la reutilización de desechos y la incorporación de materiales recuperados en las cadenas de valor.
La Ley contempla cuatro instrumentos clave de política pública:
- Una Evaluación de la Circularidad
- Un Distintivo de Circularidad para empresas que mejoren sus procesos
- Un Programa de Economía Circular que contenga objetivos, ejes, líneas de acción método e indicadores de seguimiento y evaluación
- Un Sistema de Información Pública de economía circular
Se prevé además la creación de incentivos fiscales para las pequeñas y medianas empresas, compras públicas y mercados de productos circulares.
También lee: Círculo Azul: una iniciativa china contra la contaminación marina por plásticos
¿Qué significa para las empresas?
Si bien los alcances de la nueva legislación varían de acuerdo con cada sector productivo, en CDMX, las organizaciones que fabriquen, distribuyan y/utilicen empaques y envases deberán:
- Presentar un Plan de Economía Circular para su registro ante la Semarnat
- Incorporar en sus productos al menos 20% de contenido reciclado para 2025
- Incorporar en sus productos al menos 30% de contenido reciclado para 2030
- Alcanzar el Zero Waste en todas sus operaciones para 2030
La Evaluación de la Circularidad
Es un procedimiento a través del cual las empresas interesadas evalúan sus procesos, productos y servicios para comprobar que cumplen con los criterios necesarios para obtener el Distintivo de Circularidad.
Es de carácter voluntario y las organizaciones aprobadas podrán usar esta distinción de manera visible en sus productos o servicios evaluados (arts. 23,24 y 25 del Reglamento). La vigencia del distintivo será de tres años, con posibilidad de renovarse.
Dicha Evaluación la llevará a cabo el Comité Interinstitucional de Evaluación de Circularidad (art.5 del Reglamento), conforme a lo previsto en su Acuerdo de Creación del Comité y los Lineamientos que al efecto se emitan, así como los principios y enfoques de diseño dispuestos en la Ley (art. 8 de la Ley).
¿Qué necesitan las empresas para acceder a la evaluación?
Las empresas que busquen incorporarse a este nuevo modelo y recibir los beneficios fiscales y de imagen asociados, deben presentar un formato de solicitud; los permisos, autorizaciones, licencias, registros y requisitos administrativos de competencia local obligatorios conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y que sean requeridos.