El gobierno de Chile puso en marcha una nueva etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, una normativa orientada a reducir la contaminación ambiental y acelerar la transición del país hacia una economía circular. Esta actualización, vigente desde el 13 de febrero, introduce restricciones adicionales que impactan directamente a restaurantes, comercios, tiendas de conveniencia y supermercados.
De acuerdo con las autoridades chilenas, el objetivo central de la ley es limitar la entrega y el uso de productos plásticos desechables, promoviendo alternativas reutilizables, reciclables o certificadas ambientalmente, y reforzando la responsabilidad de los actores económicos a lo largo de la cadena de valor.
Nuevas restricciones para establecimientos de alimentos
Bajo la normativa actualizada, los establecimientos de comida tienen prohibido ofrecer artículos plásticos de un solo uso para el consumo dentro del local, salvo que estos estén fabricados con materiales biodegradables certificados, conforme a los criterios técnicos establecidos por la regulación.
En el caso del consumo fuera del establecimiento, la entrega de plásticos desechables solo estará permitida a solicitud expresa del cliente. Además, estos productos deberán cumplir con requisitos específicos de reciclabilidad o certificación ambiental, lo que busca reducir el uso indiscriminado de materiales de difícil recuperación.
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Botellas retornables: un nuevo estándar para supermercados
La nueva fase de la ley también introduce obligaciones para el comercio minorista. Supermercados y tiendas de bebidas deberán exhibir al menos el 30% de sus productos en envases retornables, fortaleciendo así las estrategias nacionales de reutilización y reducción de residuos.
Esta medida complementa disposiciones previas, como el incremento gradual del contenido reciclado en botellas plásticas desechables, y consolida un enfoque que prioriza la prevención del residuo antes que su gestión posterior.
La Ley REP y su vínculo con los plásticos de un solo uso
La legislación sobre plásticos de un solo uso está estrechamente relacionada con la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP 20.920). Esta normativa establece que los productores e importadores de bienes prioritarios —incluidos envases y embalajes— son responsables de la recolección, valorización y trazabilidad de los residuos derivados de su comercialización.
Este modelo, alineado con tendencias regulatorias internacionales, traslada la responsabilidad ambiental hacia quienes ponen los productos en el mercado, incentivando el ecodiseño, la reutilización y el reciclaje efectivo.
Un desafío regulatorio y cultural
La Ley de Plásticos de un Solo Uso en Chile subraya que la adopción de prácticas circulares no es únicamente una exigencia normativa, sino una transformación estructural de los modelos de consumo y negocio.
El verdadero reto, sin embargo, reside en integrar estos principios en la operación cotidiana de las empresas y en los hábitos de los consumidores, así como generar infraestructura adecuada para la correcta gestión de residuos.
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